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Atlántica XXII

Los asesores de la Junta General

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Los asesores de la Junta General

Sesión reciente de la Junta General del Principado. Foto / Pablo Lorenzana.

Sesión reciente de la Junta General del Principado. Foto / Pablo Lorenzana.

Javier Álvarez Villa / Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores del Principado de Asturias.

La Junta General del Principado arrancó la nueva legislatura con un acto de filibusterismo parlamentario que retrata muy bien los usos y costumbres engendrados por los veteranos profesionales de la política institucional asturiana: como venían haciendo en etapas anteriores, amañaron un reparto del botín del personal de confianza y de las asignaciones a los grupos parlamentarios con criterios de intendencia militar y sin estudio previo alguno sobre la cuantía y justificación de unos y otras.

Solo el grupo parlamentario de Podemos votó en contra del acuerdo, proponiendo una reducción del personal eventual –primero a la mitad y, al poco tiempo, en un 25%– y un recorte de la subvención a los grupos del 50%, intentando desmarcarse de las prácticas viciadas de los partidos políticos consolidados de actuar como agencias de colocación de afines y de financiarse con las asignaciones a los grupos parlamentarios.

Esta propuesta fue ninguneada por algunos medios de comunicación de masas que, no hace tanto, lideraban las denuncias contra los dispendios en asesores y asignaciones, pero que ahora tenían puestos sus intereses económicos en la consumación del pacto de gobierno PSOE-IU y en la estigmatización de Podemos como grupo político insensato, populista y peligroso. Pero, además, algunos políticos y columnistas de izquierda criticaron la propuesta del grupo parlamentario de Podemos con argumentos tan peregrinos como que desprestigiaba a la Junta General, debilitaba al poder legislativo y destruía empleo.

En todo caso, si dicha propuesta merecía una crítica razonable lo era por haber sido presentada con un escaso apoyo argumental.

Dejando a un lado ahora la cuestión de las asignaciones a los grupos parlamentarios, en el debate de brocha gorda surgido al hilo del número de asesores de los diputados de la Junta General se omitieron las cuestiones fundamentales sobre este asunto: ¿cuál es la justificación legal de esta clase de empleo?, ¿qué funciones pueden desempeñar y cuáles tienen prohibidas? A la luz de las respuestas que deban darse a estas preguntas, estaremos en condiciones de determinar si la plantilla de 48 puestos de personal de confianza política –personal eventual, en puridad jurídica– aprobada por la Mesa de la Junta General del Principado es excesiva e injustificada, está equilibrada y resulta razonable o es insuficiente.

De acuerdo con el Estatuto del Personal de la Junta General del Principado tienen la consideración de personal eventual quienes ocupen puestos considerados como de “confianza o asesoramiento especial”. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha perfilado las características definitorias de estos puestos, que pueden resumirse del siguiente modo: son excepcionales en cuanto que para el acceso a los mismos no rigen los principios de igualdad, mérito y capacidad; su validez está condicionada a que sus tareas se ciñan a la colaboración inmediata con los cargos políticos que los nombran, en las que predominan las notas de afinidad y proximidad política que es inherente la “confianza” y tienen vedadas las actuaciones de colaboración profesional que son normales en la actuación de una Administración Pública, las cuales deben ser desempeñadas por funcionarios públicos.

Así las cosas, para decidir sobre los puestos de personal eventual que necesitan los diputados y diputadas de la Junta deben separarse nítidamente aquellas tareas de apoyo que requieren afinidad política de aquellas otras que suponen una colaboración profesional normal que corresponde prestar a empleados públicos seleccionados conforme a procedimientos libres, según principios de igualdad, mérito y capacidad. Y es aquí donde la Mesa de la Junta General del Principado cometió una grave ilegalidad al aprobar una relación de 48 puestos de trabajo de personal eventual sin definir las funciones que les corresponden y que justificarían su configuración como puestos de confianza política como, por otra parte, exige el propio Reglamento de la Junta.

La taxonomía de puestos de confianza aprobada por la Mesa de la Cámara incluye secretarios de mesa (7), asesores de grupos parlamentarios (8), responsables de comunicación de grupos parlamentarios (6), secretarios de grupos parlamentarios (6), asistentes de grupos parlamentarios (10), auxiliares de grupos parlamentarios (7), más 4 puestos adscritos al gabinete de la Presidencia. En defecto de una descripción de funciones para cada uno de ellos, parece evidente que en algunos de estos tipos de puestos se realizarán tareas cuyo desempeño no precisa de afinidad y proximidad política con los diputados y diputadas, sino que son más bien actividades profesionales propias y características de la actuación administrativa que deben ser prestadas por funcionarios públicos y que están prohibidas al personal eventual: funciones de gestión, apoyo técnico, secretaría de despacho, manejo de aplicaciones informáticas, trabajos de oficina, etc.

Por las razones expuestas, podemos concluir que la relación de puestos de personal de confianza política de la Junta General está claramente inflada y sobredimensionada y que debe reducirse, lo que no supone, como malinterpretan algunos demagogos de izquierda, que se postule un recorte de empleo público, sino la sustitución de puestos provistos con criterios clientelares por puestos reservados a funcionarios públicos –suplir el sistema de botín en el acceso al empleo público, propio de los Estados liberales decimonónicos, por el sistema del mérito característico de los Estados Democráticos de Derecho–.

Este recorte del número de asesores tampoco atenta contra la dignidad de la Junta General, ni compromete la capacidad de actuación de los diputados y diputadas del Parlamento. Antes bien, al contrario de lo que señalan aquellos demagogos, la sustitución del exceso de asesores de confianza por empleados públicos profesionales en número suficiente contribuirá a reforzar la actividad parlamentaria, dotándola de los medios personales adecuados para que pueda desarrollar dignamente su tarea.

Asesores sí, pero los justos. Menos cuentos.

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