Afondando
Seguros poco seguros

Ilustración / Alberto Cimadevilla.
También es corriente que se destapen ‘picardías’ de asegurados para conseguir el arreglo de desperfectos, pero cada vez son más frecuentes las denuncias judiciales y las protestas por quienes se sienten estafados por las compañías de seguros. Aunque sujetos a una legislación, la Ley del Contrato del Seguro, siempre quedan resquicios en la redacción de las condiciones que provocan luego conflictos y desagradables sorpresas. La falta de seguridad de muchos seguros lleva a la letra pequeña.
Elena Plaza / Periodista.
“Lo cierto es que contratamos un seguro dando por sentado que sirve para determinadas coberturas, pero no lo leemos detalladamente. También se da la circunstancia de que creemos lo que nos dicen, y que a veces no es cierto, sobre todo entre la gente mayor. Antes la palabra era sagrada”, explica Carmen García, del servicio jurídico de la Unión de Consumidores de España (UCE)-Asturias. Como ejemplos pone “la reposición de daño estético en el baño, pero excluye los sanitarios, con lo cual no te asegura nada, o el seguro de desempleo, que en realidad solo te cubre si es por despido improcedente y con sentencia judicial. Es algo muy frecuente que la misma aseguradora tenga diferentes pólizas. No se informa correctamente y te lo explican como ellos quieren, y cuando vas a hacer uso te encuentras con la sorpresa. Se da una falta ética por parte de algunos agentes que lo que quieren es hacer seguros para cobrar su comisión”.
En este punto también coincide el magistrado de la Sala 7ª de la Audiencia Provincial, Rafael Martín del Peso, que lleva casos relacionados con compañías aseguradoras. “Como en todo hoy en día, recibimos una publicidad muy agresiva por la televisión, a pie de calle o por teléfono. Los agentes viven a comisión. Yo no recomiendo a nadie que contrate un seguro así, por lo menos que lo manden por correo. Son textos muy complejos y hay gente poco prudente y/o poco formada. Algunos hasta nos cuesta entenderlos a los juristas. Pero siempre se puede pedir asesoramiento a la UCE o similares. Lo que está claro es que hace falta tiempo para leer con tranquilidad, no sobre la marcha”, aconseja.
Para Martín del Peso es un tema educativo: “Tenemos que tener muy claro de lo que se quiere estar asegurado y hablarlo con tu agente porque, a lo mejor, no necesitas un seguro. En esta sociedad de consumo se da valor a cosas que no la tienen, más valor a un móvil o una tablet que a una incapacidad. Se resume en formación más información, más la escala de valores personal”.
Ambos profesionales destacan que hay que tener claro lo que queremos asegurar y si las coberturas de la póliza lo aseguran, leyendo con detenimiento los condicionados, los libritos que las compañías deben facilitar antes de la firma del contrato para que el cliente tenga toda la información, o al menos la mayor parte. Y uno de los mayores problemas que se encuentran reside precisamente aquí, en lo que excluyen, lo que vacía de contenido a las coberturas o las limita.
Los seguros están regulados por la Ley del Contrato del Seguro, donde las partes pueden ampliar las coberturas, pero nunca restringirlas. “Con los años están más regulados, también los mejora la jurisprudencia. Y cada vez son más específicos, teniendo que resaltar las excepciones aparte y en negrita”, explica Carmen García. “Lo que está claro es que nadie da duros a pesetas”, afirma gráficamente Martín del Peso, “en las compañías todo es matemático (las primas se establecen a partir de estadísticas sobre porcentaje de riesgo) y esto tiene un efecto de equilibrio. Eso de encontrar el seguro perfecto…”.
El seguro (im)perfecto
Algo difícil, y más aún entre los seguros low cost, en alza en tiempos de crisis, cuando pasan a ser algo suplementario. Carmen García advierte que “no salen los números, ofrecen imposibles, algunos hasta la tercera parte de lo que cuesta una póliza normal. No sé cómo pueden funcionar porque si tuvieran que cubrir muchos siniestros irían a la quiebra. Y en el precio también va incluida la respuesta de resolución. El asegurado lo que quiere es que, cuando tiene un problema, se lo resuelvan en un tiempo razonable”. “No puedes esperar tener las mismas coberturas de un seguro de 50 euros al año frente a uno de 500”, apostilla.
Reguladas por la Ley del Seguro también están las modificaciones. Las pólizas en general son anuales y renovables anualmente, igual que se requieren dos meses para notificar la baja. La compañía debe avisar también de las modificaciones a realizar y el cliente aceptarlas. Cuando una póliza queda obsoleta debería ser mejorada, pero nunca debería ser ofrecida a nuevos clientes.
No existe el peor seguro, pero una de las consultas más frecuentes desde hace unos dos años que reciben en UCE-Asturias es por el cambio de compañía “a causa de los comparadores. En general no se sabe que se debe avisar a la compañía con dos meses de antelación de la baja [esto cambiará a partir del 1 de enero de 2016, que se reduce a un mes]. Antes las compañías podían dejarlo correr, pero ahora no porque ellas también están más pilladas”. El número de coberturas excluidas o no cubiertas también es importante. “El contrato de pólizas extraordinariamente baratas es a coste de quitar coberturas. Si es más barato es por algo, porque no cubre casi nada”.
En su Sala, Martín del Peso ve muchos casos por los baremos, “que suelen ser limitativos, y esos casos tienen que estar firmados y resaltados. Por ejemplo una indemnización por incapacidad temporal son 60.000 euros, pero si es por un hombro se reduce a un 10%”. Las certificaciones de incapacidades por accidente de tráfico también ocupan un lugar resaltado en los casos que atiende.
La pistola en el pecho
Los seguros contratados con los bancos también dan bastantes problemas, además de ser abusivos en el caso de los de hogar o vida contratados con la hipoteca. “Los bancos para asegurar su fuerza colocan sus marcas frente a las aseguradoras, y a la hora de la verdad no cubre casi nada. Con la pistola en el pecho aceptas cualquier cosa. De ahí muchos problemas y la mayoría de las quejas. Porque se obliga a contratar como obligatorio algo que no lo es. Como mucho sería un seguro por el continente y la destrucción de la vivienda, y podría ser con cualquier aseguradora”, resalta la abogada de la UCE. Sin olvidar los seguros colectivos (como los que se contratan con la nómina o cuenta corriente), que dan muy pocas coberturas y muchas excepciones.
Los seguros de salud, en muchos casos realizados por los bancos, también dan lugar a denuncias. “Las entidades bancarias las realizaban incluso a personas enfermas sin realizar ningún tipo de chequeo o la realización de un cuestionario, que en otras ocasiones es rellenado por el propio agente. Se hicieron como churros. Es un fraude total y se condenó a los bancos por no tener ese cuestionario”, recuerdan desde la UCE.
En cuanto a los supuestos acuerdos entre seguros, solo hay uno oficial, el de coches, afirma García. “Se hizo así para agilizar los trámites al haber una alta siniestralidad y judicialización. Si hay un parte amistoso es tu propia aseguradora la que te paga tus daños y al final de año ambas compañías hacen cuentas. El problema es que tienes que pegarte con tu aseguradora porque te regatea. Puedes negarte a aceptar el acuerdo e ir a juicio”. Algo que echa para atrás a muchas personas, que rehúsan acudir a los tribunales.
PUBLICADO EN ATLÁNTICA XXII Nº 41, NOVIEMBRE DE 2015

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